Precisiones del Ministerio de Trabajo sobre la jornada laboral familiar en tiempos de COVID-19

El Ministerio de Trabajo y sus precisiones sobre la jornada laboral familiar

En respuesta a la contingencia del COVID-19, el Ministerio de Trabajo emitió aclaraciones sobre la jornada laboral semestral con la familia. Según la Ley 1857 de 2017, los empleadores deben conceder a los trabajadores dos días al año para actividades recreativas con su familia. Esta jornada, conocida como jornada laboral semestral con la familia, debe ser notificada por el empleador a sus trabajadores.

En el contexto actual

El Ministerio de Trabajo ha establecido que los empleadores tienen varias opciones para cumplir con esta jornada, como el uso de recursos propios, coordinación con cajas de compensación familiar o conceder un día libre remunerado. Además, se ha precisado que los bonos otorgados a los trabajadores deben destinarse exclusivamente a la actividad determinada por el empleador.

En cuanto al otorgamiento de la jornada laboral familiar los sábados

Se ha indicado que los empleadores pueden ampliar la jornada diaria a diez horas para que el trabajador descanse ese día. Respecto a los días festivos, se ha establecido que la jornada familiar no debe afectar los días de descanso obligatorios del trabajador, como los domingos o festivos.

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