Las responsabilidades de ejecución y de consecución
¿Son las responsabilidades de los expertos de ejecución o de consecución?
La responsabilidad profesional
Uno de los principales enfoques para determinar la responsabilidad legal de los expertos consiste en determinar si sus responsabilidades son de ejecución o de consecución, ya que esto permite establecer si la persona afectada debe demostrar o no la negligencia del experto dentro del respectivo proceso judicial.
Las responsabilidades de ejecución y de consecución
La clasificación de responsabilidades de ejecución y de consecución no está explícitamente regulada en la legislación colombiana. Su desarrollo ha sido principalmente jurisprudencial y doctrinal.
Un ejemplo de esto es la sentencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia del 5 de noviembre de 2013 con referencia: 20001-3103-005-2005-00025-01, donde la Corte reafirmó que dicha clasificación es una herramienta útil para el juez con el fin de determinar el comportamiento que deben tener los contratantes y establecer criterios aplicables a la definición de las cargas de prueba en la responsabilidad civil contractual. Sin embargo, la Corte aclara que lo más importante es determinar el contenido y alcance del contrato en particular e identificar los deberes específicos de prestación derivados de dicho acuerdo.
Las responsabilidades de ejecución son aquellas que requieren que el deudor actúe con diligencia, cuidado y habilidad para llevar a cabo acciones orientadas a un resultado, sin garantizar este último.
Un ejemplo de esta clasificación son las responsabilidades de hacer, considerando que la prestación se centra en una actividad y que el deudor se compromete a seguir una conducta específica.
Por otro lado, las responsabilidades de consecución se refieren a aquellas que obligan al deudor a lograr su obtención efectiva para satisfacer el interés del acreedor.
«Para determinar si las responsabilidades de los expertos son de ejecución o de consecución, se debe considerar la profesión, la tarea específica encomendada al experto y el objetivo de la prestación»
Un ejemplo de este tipo de responsabilidades es la asunción del transportista de llevar el objeto al destino en las mismas condiciones en las que lo recibió del remitente, contemplada en el numeral 1 del artículo 982 del Código de Comercio.
¿Son las responsabilidades de los expertos de ejecución o de consecución?
Para determinar si las responsabilidades de los expertos son de ejecución o de consecución, se deben tener en cuenta la profesión, la tarea específica encomendada al experto y el objetivo de la prestación.
Por ejemplo, no es lo mismo la asesoría que brinda el contador al acompañar a los miembros de la junta directiva en sus reuniones (responsabilidad de ejecución), que la presentación oportuna de los balances y estados financieros ante las autoridades competentes de la empresa que lo contrató para ese propósito (responsabilidad de consecución).
Lo mismo ocurre en el caso de las responsabilidades del médico y del abogado, ya que el médico no se compromete a curar al paciente y el abogado no garantiza la victoria en el proceso judicial, considerando que generalmente sus responsabilidades son de ejecución. Sin embargo, existen casos en los que el médico se compromete a realizar una cirugía estética o el abogado se obliga a redactar unos estatutos sociales, en los que ambos asumen una responsabilidad de consecución frente al paciente o cliente, respectivamente.
La responsabilidad profesional
Para establecer la responsabilidad del experto es necesario demostrar la existencia de la relación contractual entre dicho sujeto y la persona que lo contrató. Además, la persona afectada debe demostrar el daño causado por el experto, su conducta negligente y que esta conducta fue la causa del daño.
Es importante destacar que el experto que desconozca sus responsabilidades de ejecución solo puede ser considerado civilmente responsable y ser condenado a pagar la indemnización por los daños causados si se demuestra que incurrió en negligencia.
En el caso de la responsabilidad médica, la persona afectada debe demostrar que el médico abandonó al paciente, no utilizó sus conocimientos científicos de manera diligente o no proporcionó el tratamiento adecuado, entre otros aspectos.
Para analizar la responsabilidad médica de un cirujano estético, es necesario tener en cuenta que la responsabilidad asumida por el experto es de consecución, ya que se centra en mejorar la imagen física del paciente según los parámetros acordados y sin afectar su salud.
Si no se logra cumplir con este objetivo, por ejemplo, si el tipo de implante no corresponde al acordado con el paciente, se presume la negligencia del cirujano de manera excepcional, liberando al afectado de demostrarla. Sin embargo, se deben demostrar los otros elementos de responsabilidad mencionados anteriormente.
En cuanto a las responsabilidades asumidas por los médicos por las obligaciones de consecución contraídas con sus pacientes, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia señaló en la sentencia anteriormente mencionada que existen otros casos, además de la cirugía estética con fines de embellecimiento, en los que el médico se compromete a lograr un resultado específico debido a la baja presencia de elementos contingentes. Algunos ejemplos de esto serían la colocación de un aparato ortopédico, el implante de un método anticonceptivo, las certificaciones médicas o los análisis de laboratorio, entre otros casos en los que la incertidumbre en la realización del interés del acreedor no está presente.