Directrices de un manual interno de empleo
Proceso de disciplina en el manual interno
Procedimiento para el proceso disciplinario
Castigos disciplinarios deben estar especificados en el manual interno de empleo
La Corte Constitucional ha reiterado en múltiples ocasiones que el manual interno de empleo, además de incluir lo establecido por el artículo 108 del Código Sustantivo del Trabajo, debe abarcar ciertos aspectos en materia disciplinaria para garantizar el debido proceso de cada empleado.
Es importante tener en cuenta que el Código Sustantivo del Trabajo –CST–, en sus artículos 104 a 125, detalla todo lo relacionado con el manual interno de empleo. Este documento, creado por el empleador, establece las normas internas de la empresa. A pesar de ser un documento privado y único, no puede contradecir la ley ni vulnerar los derechos de los trabajadores.
Todas las empresas comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o forestales están obligadas a contar con un manual interno de empleo.
Las empresas comerciales deben elaborarlo si tienen más de 5 empleados, las industriales si superan los 10 empleados, y las demás solo si cuentan con más de 20 empleados.
Directrices de un manual interno de empleo
La normativa laboral es específica al señalar qué debe incluir el manual interno de empleo; el artículo 108 del CST presenta 19 puntos obligatorios que pueden consultarse en la norma mencionada.
Además, la Corte Constitucional en la Sentencia C-593 del 2014 estableció los requisitos mínimos que debe abarcar dicho manual en materia disciplinaria.
Es fundamental recordar que, aunque las acciones disciplinarias en el sector privado difieren de las del sector público, el derecho al debido proceso no debe ser ignorado. Por lo tanto, de acuerdo con el artículo 29 de la Constitución Política, aquel que ejerza la facultad disciplinaria y busque juzgar la conducta de terceros debe garantizar un debido proceso.
Esta gestión, respaldada por un proceso disciplinario que cumpla con los requisitos legales, debe estar fundamentada en el manual interno de empleo.
Por lo tanto, es de gran importancia que el manual de trabajo, además de incluir lo establecido por el artículo 108 del CST, contenga los principios fundamentales y la garantía del debido proceso en materia disciplinaria, como son:
- El principio de legalidad de la falta.
- El principio de publicidad.
- El derecho de defensa.
- El derecho de contradicción.
- El principio de doble instancia.
- La presunción de inocencia.
- El principio de imparcialidad.
- El principio de cosa juzgada.
- El principio de non bis in ídem.
Proceso de disciplina en el manual interno
Es esencial tener en cuenta que, aunque el empleador debe considerar lo mencionado anteriormente en el manual interno de empleo, al establecer las etapas del proceso disciplinario puede actuar con libertad. Es decir, el empleador puede decidir si la misma persona que realiza la diligencia de descargos es la que impone la sanción disciplinaria en primera instancia.
Es importante recordar que, aunque tenga libertad de estipulación, no puede delegar dicha responsabilidad en una persona ajena a la empresa. Asimismo, la persona de primera instancia no puede ser la misma que tome la decisión en segunda instancia; por lo tanto, debe ser un superior jerárquico al de la primera.
Procedimiento para el proceso disciplinario
Como se mencionó anteriormente, el manual interno debe incluir pautas relacionadas con la protección del debido proceso; por lo tanto, debe detallar el procedimiento a seguir en caso de procesos disciplinarios en la empresa.
Esto busca que el empleado tenga acceso desde el inicio de la relación laboral y pueda ejercer su derecho a la defensa correctamente, sin que el proceso se vea afectado por errores. La jurisprudencia ha establecido que el manual interno de empleo debe incluir aspectos como:
- Notificación de inicio del proceso.
- Formulación de cargos.
- Entrega al acusado de las pruebas en su contra.
- Formulación de descargos.
- Decisión del empleador.
- Imposición de la sanción.
- Presentación de contraversiones y recursos contra la decisión.
Castigos disciplinarios deben estar en el manual interno de empleo
El artículo 108 del CST establece que el empleador debe detallar en el manual interno de empleo las obligaciones y prohibiciones especiales, tanto del empleador como del empleado. Deben incluirse las faltas y los medios para probarlas, así como las sanciones disciplinarias y su forma de aplicación.
Es importante recordar que las sanciones disciplinarias no pueden afectar la integridad física o moral del empleado, ni poner en peligro su integridad.
En cuanto a las multas, estas solo pueden aplicarse por retrasos o faltas sin excusa suficiente, y el monto a descontar nunca puede superar la quinta parte del salario diario.