Supervisión y Control de Empresas Comerciales: Responsabilidades y Documentación Requerida

En el contexto empresarial colombiano, la supervisión y el control son mecanismos fundamentales para asegurar el cumplimiento de la normativa legal y el correcto funcionamiento de las empresas. Estos procesos, regulados por la Ley 222 de 1995 y el Decreto 1074 de 2015, son llevados a cabo por la Superintendencia de Sociedades y se enfocan en evaluar y garantizar la legalidad de las operaciones empresariales. A través de la supervisión, se examina la situación legal y administrativa de las empresas, mientras que el control busca asegurar el cumplimiento de la ley en todos los aspectos de su actividad. Estos mecanismos no solo promueven la transparencia y la responsabilidad empresarial, sino que también protegen los intereses de los stakeholders y el orden económico del país.

Explora más sobre el papel crucial que desempeñan las cámaras de comercio en el desarrollo económico y social del país. Descubre sus funciones y responsabilidades en este artículo revelador.

Supervisión

La supervisión es un concepto clave en el ámbito empresarial colombiano, especialmente cuando se trata de garantizar que las empresas operen de manera adecuada y conforme a la ley. Según el artículo 83 de la Ley 222 de 1995, la supervisión es la facultad que tiene la Superintendencia de Sociedades para examinar la situación legal, contable, económica y administrativa de cualquier empresa comercial. Este proceso se lleva a cabo mediante la solicitud de información a las empresas, permitiendo a la Superintendencia evaluar su estado y funcionamiento.

Es importante destacar que esta supervisión se aplica a las empresas comerciales que no están bajo la vigilancia de la Superintendencia Financiera. La idea es que, aunque no se trate de un proceso tan riguroso como otros mecanismos de control, sí permite mantener un control básico sobre las operaciones de las empresas, asegurando que cumplan con las normativas establecidas.

Control

No te lo pierdas: la transformación digital está revolucionando la gestión de la seguridad social en Colombia. Aprende cómo las plataformas digitales están facilitando este proceso en esta guía esencial.

El control es un paso más allá de la supervisión. Según el artículo 84 de la Ley 222 de 1995, el control es la facultad que tiene la Superintendencia de Sociedades para garantizar que las empresas comerciales cumplan con la ley y sus estatutos en todos los aspectos de su creación, funcionamiento y desarrollo de su objeto social. Este proceso es continuo y busca asegurar que las empresas operen dentro del marco legal.

El Decreto 1074 de 2015 establece los criterios para determinar qué empresas están sujetas a este control. Uno de los principales criterios es el nivel de activos o ingresos que las empresas tienen al finalizar su ejercicio social, con un límite de 30.000 salarios mínimos legales mensuales. Además, el decreto menciona situaciones especiales de supervisión relacionadas con aspectos financieros, acuerdos de reestructuración y situaciones de control o grupo empresarial.

El control se activa cuando se detectan irregularidades, como abuso de los órganos directivos, suministro de información incorrecta, incumplimiento de la normativa contable o realización de operaciones fuera del objeto social de la empresa. En tales casos, la Superintendencia puede intervenir para asegurar que la empresa vuelva a operar dentro de los parámetros legales.

Documentación adicional requerida

Ampliamos esta información en un recurso imprescindible para quienes buscan aprovechar al máximo los servicios en línea de la Contaduría General de la Nación. Encuentra ayuda, consultas y capacitación en este completo artículo.

Para llevar a cabo estas funciones de supervisión y control, la Superintendencia de Sociedades emite anualmente una circular externa. Esta circular establece los plazos, condiciones y criterios que las entidades deben seguir en estos procesos de fiscalización. Los informes solicitados son similares en ambos casos, pero la documentación adicional requerida es menor para las entidades inspeccionadas.

Las empresas bajo supervisión deben proporcionar los siguientes documentos:

  • Certificación de estados financieros firmada por el representante legal, contador y revisor fiscal.
  • Informe de gestión de los administradores.
  • DICTAMEN del revisor fiscal.
  • Notas a los estados financieros.

Para las entidades inspeccionadas, solo se solicitan los dos primeros documentos, aunque deben estar preparadas para proporcionar el resto de la documentación si la Superintendencia lo requiere. Para más información, se pueden consultar las Circulares Externas 201-000009 y 201-000010 de 2016 para entidades del Grupo 1 y 2 respectivamente.

Calificar post

Deja un comentario