Formas en las que las empresas llevan a cabo prácticas corruptas
Explorando el rol del oficial de cumplimiento
¿Qué características debe tener un programa de cumplimiento en una empresa?
¿Qué se requiere para que los elementos anteriores sean efectivos?
¿Y si no se cumplen?
El oficial encargado del cumplimiento debe tener la capacidad de tomar decisiones en relación con la gestión de riesgos asociados al lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Las compañías deben nombrar a una persona con la competencia, experiencia y liderazgo necesarios para manejar los riesgos vinculados con la corrupción.
Andrés Jiménez, socio de KPMG Forensic en Colombia, menciona en #CharlasConActualícese que comúnmente el tema del Sagrilaft o anticorrupción se aborda desde un enfoque puramente normativo.
También señala que la corrupción y la ética empresarial son aspectos interrelacionados cuando se profundiza en el lavado de activos, formando parte de un todo.
Además, advierte que en muchas empresas actualmente el oficial de cumplimiento del Sagrilaft es la misma persona a cargo de la ética empresarial, lo cual no es lo ideal.
Para que el oficial de cumplimiento desempeñe correctamente sus funciones, Jiménez explica que el lavado de activos implica el proceso mediante el cual organizaciones criminales buscan dar una apariencia legal a los recursos generados de actividades ilícitas:
En la práctica, consiste en hacer que el dinero ilícito parezca legítimo, permitiendo a las organizaciones criminales o delincuentes utilizar dichos recursos y en algunos casos obtener beneficios de ellos.
Describe que el proceso de lavado de activos atraviesa diversas etapas, como el delito origen (identificar el dinero a ser lavado), la colocación (ingreso del dinero ilícito al sistema financiero), la estratificación (crear capas entre el dinero ilícito y el lícito), la integración (el dinero ya está integrado e invertido en diversas actividades económicas) y el dinero limpio.
Recuerda la importancia de cumplir con lo establecido en el Código Penal en su artículo 323 sobre los delitos origen en el lavado de activos y los delitos contra la administración pública. Advierte:
Además de los delitos contra el sistema financiero, también se pueden incluir el contrabando, contrabando de hidrocarburos o sus derivados, fraude aduanero o favorecimiento y facilitación del contrabando, y favorecimiento de contrabando de hidrocarburos o sus derivados, en cualquiera de sus formas.
Y añade:
Muchas personas creen que los riesgos están relacionados con las personas que lideran una organización o negocio, pero estos pueden surgir durante una negociación, donde la persona no es relevante, sino las circunstancias que puedan surgir.