Comparación de sistemas de pensiones en Colombia: ¿Cuál es más conveniente para ti?

Comparación entre sistemas de pensiones privados y públicos

Porcentajes de contribución de los empleados para su jubilación

Si un trabajador está afiliado a un fondo privado de pensiones, el 11,5 % de su salario se destinará a su jubilación. En Colpensiones se destinará el 13 %.

Es fundamental que se proporcione a las personas información detallada, clara y adecuada al momento de afiliarse y durante todo el proceso.

A pesar de que el sistema de pensiones en Colombia requiere una reforma, según TG Consultores, esta reforma debe equilibrar los derechos de las personas con la sostenibilidad del sistema. Esto es lo que se menciona en el artículo Pensiones en tiempos de elecciones presidenciales 2022:

Es necesario atender las necesidades de la población vulnerable y respetar las expectativas de la clase media, que trabaja arduamente para cumplir con las cotizaciones mensuales y así aspirar a una pensión que les permita mantener su nivel de vida.

Desde la perspectiva de esta consultora legal y de pensiones, Colpensiones, como administrador del régimen de prima media, debe fortalecerse y gestionar eficientemente el dinero que recibe de las cotizaciones de los colombianos o de los traslados entre sistemas, con el fin de reducir o eliminar el pago de subsidios.

Comparación entre sistemas de pensiones privados y públicos

La Ley 100 de 1993 creó dos sistemas de pensiones: uno público administrado por Colpensiones, y otro privado administrado por fondos privados de pensiones.

Ambos sistemas son excluyentes entre sí. Las cotizaciones que los colombianos deben realizar mensualmente desde un salario mínimo tienen un destino específico que no puede cambiarse. Deben destinarse exclusivamente a financiar las pensiones según lo establecido por la ley para cada sistema de pensiones, «los fondos privados de pensiones son entidades de previsión privadas que, a pesar de ser privadas, prestan un servicio público y están reguladas por el Estado«, explica TG Consultores.

Esto significa que el dinero depositado en las cuentas de ahorro individual (fondos privados de pensiones) no puede utilizarse libremente ni por el afiliado ni por el Estado. Solo puede utilizarse para pagar la pensión, ya sea del salario mínimo o para la devolución de saldos en caso de no cumplir con los requisitos para la jubilación.

Porcentajes de contribución de los trabajadores para su jubilación

Cada colombiano debe contribuir con el 16 % de su salario o ingreso mensual neto. Si es trabajador independiente, asume la totalidad de la contribución; si está empleado, el empleador asume el 12 % y el trabajador el 4 % de la contribución.

Si el contribuyente está afiliado a un fondo privado, el 11,5 % de la contribución va a su cuenta de ahorro individual para financiar su jubilación, el 3 % cubre los gastos de administración y seguros previsionales, y el 1,5 % va al fondo de garantía de pensión mínima.

Por otro lado, en Colpensiones el 13 % de la contribución se destina a financiar la pensión y el 3 % cubre los gastos de administración y seguros previsionales. Según TG Consultores:

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En Colpensiones, el 81.25 % de la contribución se destina a financiar la jubilación, y en los fondos privados, el 71.8 % del total de la contribución. El porcentaje destinado a gastos de administración varía según el fondo privado.

Requisitos para obtener la pensión en cada sistema de pensiones

«Para algunos, obtener una pensión a través de un fondo privado es difícil, ya que se requiere un nivel de ahorro bastante alto que muchos colombianos no pueden alcanzar» Tweet This

Cada sistema de pensiones ofrece diferentes prestaciones económicas y los requisitos para acceder a estas prestaciones también varían:

En el sistema público (Colpensiones), depende del número de semanas cotizadas y la edad. En el privado, depende del capital ahorrado, los rendimientos financieros y el valor del bono pensional si lo hay.

¿Qué sistema de pensiones es más conveniente para cada persona?

Para algunos, obtener una pensión a través de un fondo privado es difícil, ya que se requiere un nivel de ahorro bastante alto que muchos colombianos no pueden alcanzar. Además, para muchos trabajadores de clase media, las pensiones que reciben representan aproximadamente el 20 % de su salario promedio de los últimos años laborados.

Por lo tanto, muchos afiliados han tenido que presentar demandas porque no se les proporcionó información completa, clara y suficiente al momento de la afiliación, ni durante el proceso, sobre las condiciones reales para acceder a las prestaciones económicas del sistema. TG Consultores señala:

En muchos casos, se les informó que era mejor cambiarse de sistema porque el entonces Seguro Social estaba en crisis y su ahorro se perdería, y solo al momento de jubilarse se dieron cuenta de que esa omisión o información sesgada e incompleta les hizo perder beneficios que, con el mismo esfuerzo laboral, podrían haber sido mejores en el otro sistema de pensiones existente.

Para el otro sistema, la ley estableció que Colpensiones debía otorgar una prestación definida al cumplir la edad y el número de semanas cotizadas, y se calcularía con el promedio de las cotizaciones de los últimos 10 años o de toda la vida laboral. TG Consultores explica:

Se aplicaría una tasa de reemplazo sobre lo más beneficioso para el trabajador, lo que benefició a muchas personas que mantuvieron una cotización constante y creciente. Sin embargo, al parecer, no se evaluaron las implicaciones económicas de los requisitos para acceder a estas prestaciones, que en su mayoría favorecen a la clase trabajadora media.

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