Aspectos clave sobre la finalización y extensión de contratos a plazo fijo

¿Cuál es la forma adecuada de finalizar un contrato a plazo fijo?

¿Es posible acordar un plazo menor al original en un contrato a plazo fijo?
¿Puede un contrato a plazo fijo transformarse en uno indefinido?

El Ministerio de Trabajo ha aclarado ciertos aspectos relacionados con las posibles extensiones en un contrato a plazo fijo.

Según lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, es factible que la extensión se realice por un período menor al inicialmente acordado.
Como se mencionó en nuestro artículo «Contrato a plazo fijo: aspectos importantes para empleadores y trabajadores«, un contrato a plazo fijo debe ser formalizado por escrito y debe especificar claramente su duración.
Este tipo de contrato puede establecerse bajo las siguientes condiciones:

  • Menos de un año: los contratos de este tipo pueden ser extendidos hasta en tres ocasiones. Una vez completadas las extensiones, automáticamente se convierte en un contrato a plazo fijo de un año.

Es importante tener en cuenta que estos contratos y sus extensiones abarcan cuatro períodos, a saber:

  • Contrato inicial
  • Primera extensión
  • Segunda extensión
  • Tercera extensión

Por ejemplo, si se contrata a un trabajador por un período de cuatro meses, del 21 de enero al 21 de mayo de 2019, la primera extensión sería del 21 de mayo al 21 de septiembre de 2019, y así sucesivamente.
Por lo tanto, siguiendo el ejemplo anterior, a partir del 21 de mayo de 2020, el contrato se convierte en uno a plazo fijo por un año, es decir, desde el 21 de mayo de 2020 hasta el 21 de mayo de 2021.

  • De uno a tres años: los contratos de esta duración pueden ser extendidos de manera indefinida, siempre manteniendo la misma duración.

¿Cómo se debe dar por terminado un contrato a plazo fijo?

La ley establece que para finalizar este tipo de contrato, las partes deben notificar con al menos 30 días de anticipación, según lo dispuesto en el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo.
Aunque la ley no prevé una sanción si el empleado no presenta la notificación, queda a discreción del trabajador presentarla o no.
En el caso del empleador, si no notifica al trabajador dentro de ese plazo que no se renovará el contrato y decide terminarlo de todas formas, se considerará un despido injustificado.
El Ministerio de Trabajo ha aclarado que un contrato a plazo fijo inferior a un año puede ser extendido por un período igual o menor al inicialmente acordado.
El artículo 46 del CST establece que un contrato a plazo fijo inferior a un año puede ser extendido hasta por tres períodos iguales o menores, después de los cuales la renovación no puede ser inferior a un año.
Esto significa que si se contrata a un trabajador por seis meses, la extensión puede ser de tres, cuatro o cinco meses.
Además, las extensiones no pueden exceder el período inicialmente acordado, por lo que en el ejemplo mencionado, el contrato no podría ser extendido por siete u ocho meses.

¿Puede un contrato a plazo fijo convertirse en uno indefinido?

El Ministerio de Trabajo ha precisado que un contrato a plazo fijo inferior a un año puede ser extendido hasta en tres ocasiones. Una vez completadas las extensiones, el contrato se convierte automáticamente en uno a plazo fijo de un año y continúa de forma indefinida, sin posibilidad de convertirse en uno indefinido, a menos que las partes decidan celebrar un nuevo contrato bajo esa modalidad.

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