Quórum y asistencia mínima en la sociedad por acciones simplificada (SAS)

La asistencia mínima requerida en las reuniones de sociedades comerciales, como la sociedad por acciones simplificada (SAS) en Colombia, es un aspecto crucial para la validez de las decisiones corporativas. Este concepto, conocido como quórum, determina el número necesario de participantes para que las decisiones tomadas en dichas reuniones sean legales y vinculantes. A través de este análisis, se explorarán los distintos tipos de quórum, su importancia en las asambleas generales y cómo la flexibilidad de la SAS permite adaptaciones específicas para facilitar la gestión empresarial.

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Tipos de asistencia mínima requerida

En Colombia, la sociedad por acciones simplificada (SAS) se ha convertido en una de las formas más populares para estructurar negocios. Una de las razones de su popularidad es la flexibilidad que ofrece en cuanto a la gestión y toma de decisiones. Sin embargo, como en cualquier tipo de sociedad, hay ciertos requisitos legales que deben cumplirse para asegurar que las decisiones tomadas sean válidas y vinculantes.

Uno de estos requisitos es la realización de reuniones anuales. Estas reuniones son fundamentales porque es en ellas donde se toman decisiones cruciales sobre el estado general de la sociedad. Para que estas decisiones sean válidas, deben ser tomadas con un número mínimo de asistentes, según lo establecido por la ley o los estatutos de la sociedad. Este número mínimo se conoce como el quórum.

El quórum es esencialmente el número de personas necesario para que un cuerpo deliberante pueda tratar ciertos asuntos y tomar decisiones válidas. En el caso de las asambleas generales de accionistas o juntas de socios de sociedades comerciales, se requiere una participación mínima de accionistas o socios, así como un porcentaje mínimo de acciones o capital social. La falta de esta participación mínima puede llevar a la anulación de las decisiones tomadas. Esto incluye decisiones tan importantes como reformas estatutarias, creación de acciones privilegiadas, nombramientos, fusiones o disoluciones anticipadas, entre otras.

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Tipos de quórum

La Cámara de Comercio de Bogotá, en respuesta a un derecho de petición, ha enumerado los tipos de quórum y su conformación, lo cual es clave para entender cómo funcionan las reuniones dentro de una sociedad:

  • Quórum deliberante: Este es el número mínimo de asociados, cuotas sociales o acciones requeridos para realizar una reunión. Sin este quórum, la reunión no puede llevarse a cabo.
  • Quórum decisorio: Una vez que la reunión se ha llevado a cabo, este es el número de votos necesario para adoptar una decisión. Es decir, no basta con reunirse; es necesario que las decisiones sean aprobadas por una mayoría.

En las reuniones, es necesario contar con la presencia de un número plural de socios que representen la mayoría absoluta de las acciones suscritas. Para reformas estatutarias, por ejemplo, se requiere un número plural de accionistas o socios que representen al menos el 70 % de las acciones. Sin embargo, es importante destacar que el quórum mínimo establecido por el artículo 427 del Código de Comercio puede ser modificado por los estatutos de la sociedad, lo que permite cierta flexibilidad a las empresas para adaptarse a sus necesidades específicas.

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Reunión general anual obligatoria

En Colombia, toda sociedad debe realizar al menos una reunión general al año. Esta reunión es crucial para aprobar estados financieros, elegir órganos de dirección, entre otros temas. Si el representante legal no convoca la reunión, los socios o accionistas tienen el derecho de reunirse por su cuenta el primer día hábil de abril. En este caso, no es necesario cumplir con los requisitos de quórum decisorio, y las decisiones tomadas serán válidas con los presentes. Esto proporciona una medida de seguridad para los socios, asegurando que las decisiones importantes no se queden en el aire por falta de convocatoria.

Quórum en la sociedad por acciones simplificada –SAS–

La SAS, regulada por la Ley 1258 de 2008, es un tipo de sociedad que ofrece una gran autonomía y no está sujeta a las disposiciones generales de las sociedades comerciales. En la SAS, basta con que uno o varios accionistas que representen la mitad más una de las acciones estén presentes para tomar decisiones. Esto simplifica mucho el proceso de toma de decisiones, haciéndolo más ágil y eficiente.

Además, la SAS tiene la opción de establecer un quórum decisorio mayor en sus estatutos, siempre y cuando haya un número plural de socios en la sociedad. Esta flexibilidad permite a las SAS adaptarse mejor a las necesidades específicas de su negocio, asegurando que las decisiones se tomen de manera eficiente y con la participación adecuada de los accionistas.

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