La representación legal en la propiedad horizontal: el rol del administrador y los trabajadores contratados

En primer lugar, se aborda el tema de la persona jurídica y su representación.

La figura del administrador y los empleados contratados por él también son discutidos. Los administradores tienen la facultad de nombrar y destituir, pero los trabajadores contratados por ellos no lo son a título personal, sino en nombre de la Propiedad Horizontal. Por lo tanto, los empleados tienen un contrato de trabajo que depende de la suerte del administrador en caso de no ser reelegido.

La persona jurídica es un ente ficticio que surge de la voluntad de otros individuos que lo constituyen.

A pesar de ser un ente ficticio, posee derechos y obligaciones similares a los de una persona natural, como un nombre, un patrimonio y obligaciones fiscales. Por lo tanto, es necesario designar a una persona que actúe en representación de la persona jurídica entre los asociados, ya sean personas naturales o jurídicas.

La Ley 675 de 2001 establece que la propiedad horizontal, una vez constituida legalmente, da origen a una persona jurídica conformada por los propietarios de los bienes privados.

Esta persona jurídica tiene como objetivo administrar adecuada y eficazmente los bienes comunes, así como cumplir con la ley y el reglamento de propiedad horizontal.

En cuanto al administrador del edificio o conjunto, la representación legal y la administración corresponden a un administrador designado por la asamblea general de propietarios o por el consejo de administración.

Los actos y contratos que celebre el administrador en ejercicio de sus funciones se atribuyen a la persona jurídica, siempre y cuando cumplan con las normas legales y reglamentarias.

En relación al periodo del administrador y los trabajadores contratados, es importante destacar que el administrador siempre será de libre nombramiento y remoción, independientemente de la duración de su mandato.

Por otro lado, los trabajadores contratados por la Persona Jurídica, a través de su representante legal, tienen contratos que pueden ser a término fijo, indefinido o por una labor específica, pero no están sujetos a la misma condición de libre remoción que el administrador. Esto les otorga una estabilidad laboral relativa y, en caso de despido, podrían tener derecho a indemnizaciones según lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo.

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