Regulaciones especiales en casos de insolvencia
Establecimiento de un sistema especial para pequeñas situaciones de insolvencia
Normativas para agilizar los procesos de insolvencia
Solicitud de inicio de un proceso de reestructuración
Flexibilización de acuerdos de pago
Negociación urgente en procesos de reestructuración
Existe un marco legal de insolvencia enfocado en procesos de reestructuración, liquidación y resolución rápida de problemas financieros de micro y pequeñas empresas.
También se contempla una flexibilización de los acuerdos de pago, donde no se incluirá un plan de pagos y la extinción total de las obligaciones como parte del acuerdo.
Empresario, recuerde que hasta el 31 de diciembre de 2022 se mantienen en vigor las medidas especiales adoptadas por el Gobierno nacional en materia de insolvencia y reorganización empresarial durante la pandemia, a través del Decreto Ley 560 de 2020 y el Decreto Ley 772 de 2020.
Estos decretos establecen mecanismos para:
- Abordar de manera oportuna las dificultades financieras de los empresarios.
- Llevar a cabo un proceso especial de insolvencia para micro y pequeñas empresas.
- Contar con mecanismos que ofrecen soluciones especiales para hacer frente a las consecuencias de la pandemia.
Estas herramientas permiten contar con un marco de insolvencia flexible para:
- La reorganización ágil y efectiva de las empresas viables; o
- Su liquidación rápida en caso de no ser viables.
Regulaciones especiales en casos de insolvencia
Procesos extrajudiciales de reorganización para resolver de manera rápida y efectiva la crisis de la empresa.
Procesos de insolvencia especiales para micro y pequeñas empresas: reorganización simplificada y liquidación abreviada.
Medidas para aliviar la carga judicial.
Mecanismos para facilitar la financiación, la aprobación de los acuerdos de reorganización y la protección de la empresa.
Desde la Supersociedades se ha informado que estos mecanismos han tenido un gran impacto en los procesos de insolvencia tramitados ante esta entidad.
Establecimiento de un sistema especial para pequeñas situaciones de insolvencia
El Decreto Ley 772 de 2020 establece un sistema de insolvencia para las pequeñas situaciones de insolvencia con el objetivo de «abordar la proliferación de procesos de reorganización y de liquidación judicial, y resolver de manera rápida los problemas de micro y pequeñas empresas».
El sistema establece un proceso de reorganización simplificado y de liquidación judicial simplificado para atender a todos los deudores acogidos al sistema de insolvencia contenido en la Ley 1116 de 2006 como un mecanismo único y excluyente.
Normativas para agilizar los procesos de insolvencia
Se reducen los requisitos formales de admisión.
Se permite el uso de inteligencia artificial y de herramientas tecnológicas, la implementación de formatos electrónicos como parte de la solicitud de admisión, y la presentación electrónica de la solicitud y de la información.
Se establece la suspensión de medidas cautelares en procesos ejecutivos o de cobro coactivo que recaen sobre bienes distintos a los sujetos de registro para la entrega directa de recursos embargados por parte del juez de ejecución.
Solicitud de inicio de un proceso de reestructuración
Frente a lo establecido en el Decreto Ley 560 de 2020, las solicitudes de proceso de reestructuración empresarial serán tramitadas de manera rápida, lo que implica que el juez no realizará una revisión exhaustiva del contenido o la veracidad de los documentos aportados, ni sobre la información financiera o cumplimiento de las políticas contables; la responsabilidad de la veracidad, la exactitud y fiabilidad de la información aportada recaerá exclusivamente en el deudor y el contador o revisor fiscal, según corresponda.
Flexibilización de acuerdos de pago
Esta disposición determina, entre otros métodos flexibles de pago, los pactos de deuda sostenible, los cuales consisten en que no se incluirá un plan de pagos y la extinción total de las obligaciones como parte del acuerdo. Se contemplará su reestructuración o reperfilamiento, para lo cual deberán ser aprobados por el 60 % de los acreedores financieros.
Negociación urgente en procesos de reestructuración
El decreto establece que las empresas que se encuentren actualmente en un proceso de reestructuración y se hayan visto afectadas por la declaración del estado de emergencia social y ecológica podrán solicitar una negociación urgente. Para esto, deberán presentar ante el juez la solicitud de conformidad con lo previsto en la Ley 1116 de 2006 en los términos que la entidad disponga. A su vez, deberán cumplir con algunos requisitos de admisibilidad del proceso contenidos en el artículo 9 de esta ley.