Beneficios fiscales y regularización con la Dian: Perdones, reducción de castigos y repatriación de activos

La reforma tributaria en Colombia ha introducido una serie de perdones fiscales destinados a facilitar la regularización de situaciones tributarias para contribuyentes, organizaciones y fondos de inversión. Estos mecanismos permiten la disminución de sanciones y tasas de interés, ofreciendo una oportunidad para que aquellos con activos omitidos o pasivos inexistentes puedan ponerse al día con la Dian. A pesar de las críticas que sugieren que estas medidas podrían fomentar la evasión fiscal, muchos expertos las ven como una segunda oportunidad para legalizar situaciones fiscales irregulares. Además, se han implementado procesos específicos para la recuperación de activos omitidos en el extranjero, así como para la conciliación de sanciones e intereses en casos contenciosos. Estas iniciativas buscan no solo aumentar la transparencia y el cumplimiento fiscal, sino también ofrecer alivio a los contribuyentes afectados por la pandemia del COVID-19.

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Perdones fiscales para organizaciones o fondos de inversión

Disminución de castigos y tasas de interés

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Procesos de acuerdo con la Dian Recuperación de activos omitidos en el extranjero En 2020, 4,760 contribuyentes se acogieron a la regularización fiscal y declararon activos omitidos por un total de 4.4 billones de pesos. Los contribuyentes pueden beneficiarse de la reducción de sanciones e intereses con la Dian . Dentro de las amnistías se destaca la repatriación de activos omitidos en el extranjero . La reforma tributaria brinda a los contribuyentes una lista de perdones fiscales para que puedan ponerse al día con el Estado. Aunque varios expertos argumentan que el impuesto de regularización fiscal fomenta la evasión , para otros es una oportunidad para que los contribuyentes con activos omitidos o pasivos inexistentes puedan legalizarlos y regularizar su situación con la Dian . Según datos de la Dian, en los últimos siete años 26,750 personas se han acogido a esta segunda oportunidad de regularizar su situación con el Estado. En 2020, un total de 4,760 contribuyentes se beneficiaron de esta medida, reportando activos omitidos por 4.4 billones de pesos, regularizando 311,000 millones y declarando pasivos inexistentes por 188,000 millones. «el impuesto de regularización no es deducible en el impuesto sobre la renta» Tweet This Andrea Ospina, gerente de impuestos, litigios y controversias de Crowe Colombia, destaca que es crucial tener en cuenta que el impuesto de regularización no es deducible en el impuesto sobre la renta . Además, señala que «se consideran activos omitidos aquellos que generan beneficios económicos, potenciales o reales de activos que no fueron declarados en las declaraciones de impuestos nacionales, a pesar de existir la obligación legal de hacerlo». En cuanto a los pasivos inexistentes , es importante mencionar que son aquellos declarados en las declaraciones de impuestos nacionales sin un respaldo válido de realidad o legitimidad , con el único propósito de reducir la carga tributaria del contribuyente.

Perdones fiscales para organizaciones o fondos de inversión

Por otro lado, es relevante destacar que en la reforma tributaria se incluye un perdón fiscal para las fundaciones de interés privado en el extranjero, fondos de inversión u otros negocios fiduciarios en el extranjero, los cuales están sujetos a la normativa y, por lo tanto, su valor patrimonial se determinará en función del costo fiscal histórico de los activos omitidos y determinados de acuerdo con las reglas del Estatuto Tributario o la autoevaluación comercial que el contribuyente establezca. Según Ospina: Cuando los beneficiarios de este tipo de organizaciones estén condicionados o no tengan control sobre los activos, o de alguna manera no se pueda determinar el beneficiario final o real de estos, el declarante será el fundador, constituyente u originario del patrimonio transferido a la fundación, y en caso de fallecimiento, la sucesión sin liquidar será el declarante de dichos activos, hasta que los beneficiarios reciban los activos .

Disminución de sanciones y tasas de interés

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Otra novedad de este perdón fiscal es el artículo que regula la reducción temporal de sanciones y tasas de interés para los sujetos con obligaciones administradas por la Dian , así como para los impuestos, tasas y contribuciones a nivel territorial. TAMBIÉN LEE: 4 pasos para activar la cuenta de usuario en el portal de la Dian Ospina explica que en este caso se establecen facilidades de pago que se acuerden hasta el 31 de diciembre de 2021 para las obligaciones con mora al 30 de junio de 2021 , y cuyo incumplimiento se haya producido o agravado como consecuencia de la pandemia del COVID-19: Para estos deudores, las sanciones, incluidas las que se liquiden en actos administrativos independientes, y sus actualizaciones, se reducirán al 20 % .

Procesos de acuerdo con la Dian

La reforma tributaria también introduce un apartado de conciliación contencioso-administrativa , donde los contribuyentes, agentes retenedores y responsables de impuestos nacionales, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario, que hayan presentado una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho podrán conciliar el 80 % del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones, según corresponda , cuando el proceso se encuentre en única o primera instancia, siempre y cuando el demandante pague el 100 % del impuesto en disputa y el 20 % del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones . Si estos procesos ya se encuentran en una segunda instancia se podrá solicitar la conciliación por el 70 % del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones, según corresponda , siempre y cuando el demandante pague el 100 % del impuesto en disputa y el 30 % del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones.

Recuperación de activos omitidos en el extranjero

Otro tema que beneficia a los contribuyentes es la recuperación de activos omitidos en el extranjero, los cuales, al ser repatriados con intención de permanecer en el país, estarán sujetos a una regularización fiscal equivalente al 50 % de los montos omitidos .

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