El Ministerio de Trabajo ha implementado un nuevo marco normativo que busca reconocer las prácticas laborales como experiencia profesional válida para la inserción en el sector privado. Este decreto, dirigido a estudiantes universitarios y otros perfiles académicos, establece requisitos claros y un procedimiento detallado para validar la experiencia laboral obtenida a través de diversas modalidades como judicaturas, contratos de aprendizaje y grupos de investigación. Con esta normativa, se busca facilitar la transición de los estudiantes al mercado laboral, asegurando que sus prácticas sean valoradas de manera justa y acorde a su formación académica.
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Los estudiantes que se beneficiarán de esta normativa
Requisitos necesarios para solicitar el reconocimiento de la experiencia laboral
Procedimiento para validar la experiencia laboral
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Porcentaje de reconocimiento de la experiencia laboral
El Ministerio de Trabajo ha establecido los requisitos y el proceso que deben seguirse para validar las prácticas laborales como experiencia laboral. Estas regulaciones aplicarán a estudiantes universitarios, tutores, aprendices, investigadores, entre otros. El Decreto 616 del 4 de junio de 2021 fue emitido por el Ministerio de Trabajo para regular el reconocimiento de las prácticas laborales como experiencia profesional. Esta experiencia solo será válida para la inserción laboral en el sector privado.
Estudiantes a los que aplica esta normativa
El decreto establece que las prácticas laborales, judicaturas, tutorías, contratos de aprendizaje, contratos de trabajo o de servicios y grupos de investigación serán reconocidos como experiencia laboral si están directamente relacionados con el programa académico del estudiante.
Requisitos para solicitar el reconocimiento de la experiencia laboral
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Los requisitos para solicitar la experiencia laboral son los siguientes: – Las prácticas deben ser realizadas por estudiantes de pregrado y posgrado en niveles técnico, tecnológico, profesional y universitario; estudiantes de educación para el trabajo o desarrollo humano; aprendices del Sena; estudiantes de escuela normal superior o estudiantes en formación por competencias según lo establecido en la Ley 1955 de 2019 (programas de formación por competencias). – Se debe acreditar la realización de las prácticas bajo cualquiera de las modalidades mencionadas (contrato de aprendizaje, judicatura, etc.). – La experiencia laboral será válida y se podrá presentar como tal una vez que el estudiante haya completado el programa académico, incluso si no ha obtenido el título. Es suficiente con haber completado todas las asignaturas del plan de estudios. Nota: para los estudiantes que realicen prácticas relacionadas con el sistema de seguridad social en salud, la experiencia laboral se contará a partir de la inscripción o registro profesional.
Procedimiento para validar la experiencia laboral
El decreto establece un procedimiento para validar la experiencia laboral, el cual solo se aplicará a los estudiantes que realicen prácticas laborales o judicatura, o estén vinculados mediante contrato de aprendizaje, de trabajo o de servicios. No aplica para estudiantes que realicen tutorías o estén en grupos de investigación. Por lo tanto, se deben seguir las siguientes pautas: – La entidad donde se realicen las prácticas o la judicatura, la empresa patrocinadora, el empleador o el contratante, según el caso, deberá emitir una certificación de las actividades realizadas por el estudiante. – Una vez expedida esta certificación, deberá ser enviada a la institución educativa donde está matriculado el estudiante para verificar si la persona que solicita el reconocimiento de la experiencia laboral era estudiante en la fecha de realización de la actividad, si las actividades descritas en la certificación están relacionadas directamente con el programa académico y si el estudiante ha completado académicamente o se ha graduado. TAMBIÉN LEE: 4 pasos para habilitar la cuenta de usuario en la plataforma de la Dian En cuanto a las tutorías, corresponde a la institución educativa emitir directamente el documento que certifique la experiencia, es decir, estos estudiantes no necesitan presentar el certificado de actividades. Por otro lado, la certificación de las actividades realizadas por los estudiantes de grupos de investigación deberá ser emitida por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como por las entidades públicas y privadas que formen parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación –SNCTeI–. Nota: si el grupo de investigación es del Sena, esta institución emitirá el certificado de actividades. Una vez que la institución educativa verifique que se cumplen los requisitos, deberá emitir, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles después de recibir la solicitud, la certificación que reconozca al estudiante las prácticas como experiencia laboral. Esta certificación deberá denominarse «Certificación de equivalencia de experiencia laboral previa» y deberá incluir la siguiente información: – Nombre e identificación de las partes (estudiante, institución educativa y lugar de las prácticas). – Fecha de inicio y finalización de las prácticas. – Actividades realizadas. – Horario en el que se llevaron a cabo las actividades. – Modalidad de vinculación o contratación.
Porcentaje de reconocimiento de la experiencia laboral
Se establece que el valor asignado a la experiencia previa será menor que la experiencia adquirida después de obtener el título. Por lo tanto, en los certificados que acrediten la experiencia previa se reconocerá el 80% de la intensidad horaria dedicada a la actividad reconocida como experiencia laboral válida. Por último, este nuevo decreto establece que los empleadores del sector privado deben reconocer plenamente la experiencia laboral acreditada mediante el certificado emitido por la institución educativa.