Modificaciones en las leyes laborales y acuerdos de empleo
Ajustes en el horario de trabajo
Protecciones para empleados de plataformas en línea
Índice de Precios al Consumidor se utilizaría para incrementar el sueldo mínimo
Permiso de paternidad se ampliaría gradualmente
Protecciones para trabajadores foráneos
Dentro de la propuesta de reforma laboral se definen los términos de contratos de trabajo indefinidos, fijos y por obra o labor.
El horario laboral diurno será de 6:00 a. m. a 6:00 p. m., mientras que el horario nocturno será de 6:00 p. m. a 6:00 a. m. del día siguiente.
Los empleados de plataformas digitales tendrían protecciones laborales.
El lunes 27 de febrero de 2023 se presentó el borrador del proyecto de reforma laboral que se llevaría al Congreso este mes.
El documento consta de 37 páginas y 77 cláusulas, y fue elaborado a través de mesas de discusión sobre políticas laborales y salariales, con la colaboración de líderes sindicales, gremiales e incluso organizaciones internacionales como la OIT.
Modificaciones en las leyes laborales y acuerdos de empleo
Uno de los aspectos tratados en el proyecto son los contratos de trabajo. Respecto al contrato indefinido se establece que el trabajador podrá finalizarlo con un aviso por escrito de al menos 30 días, para que el empleador pueda reemplazarlo.
En cuanto al contrato a plazo fijo, el artículo 11 señala que: (…) no puede usarse para actividades permanentes en la empresa, debe estar siempre documentado, y para su firma y prórrogas se deben especificar claramente en el contrato: la causa de la contratación por ese plazo y su relación con la duración prevista, de lo contrario se considerará un contrato indefinido.
Para los contratos por obra o labor, este dependerá de la duración de la tarea específica, que siempre debe estar por escrito.
Debe incluir los elementos esenciales del trabajo e indicar claramente, de manera precisa y taxativa, la obra o labor a realizar. Si no está claro el tiempo de duración del contrato, o si la tarea alegada es una actividad permanente en la empresa, se entenderá que es un contrato indefinido.
Cambios en la jornada laboral
El artículo 19 del proyecto establece que la jornada diurna será de 6:00 a. m. a 6:00 p. m., mientras que la jornada nocturna será de 6:00 p. m. a 6:00 a. m. del día siguiente.
“la jornada laboral ordinaria no podrá exceder las 8 horas diarias ni las 42 horas semanales”
Por otro lado, en el artículo 20 se especifica que la jornada laboral ordinaria no podrá exceder las 8 horas diarias ni las 42 horas semanales. Estas podrán ser distribuidas, de común acuerdo entre empleador y trabajador, a lo largo de cinco o seis días a la semana.
Decisión SL1183 del 14-05-2024
Los días festivos y dominicales se pagarán, según lo establece el artículo 18: (…) con un recargo del 100 % sobre el salario normal por las horas trabajadas, sin afectar el salario base que corresponde al trabajador por haber laborado la semana completa.
Protecciones para empleados de plataformas en línea
El capítulo 4 del proyecto de ley aborda las plataformas digitales de empleo. Se define su naturaleza y criterios de trabajo. También se discuten las garantías laborales, así como el acceso a información y seguridad social.
Según el artículo 32: Existe un contrato laboral en plataformas digitales cuando los trabajadores realizan tareas de reparto o entrega para estas, por lo tanto, tienen derecho a todas las garantías individuales y colectivas, así como a los beneficios del Código Sustantivo del Trabajo y otras normativas laborales.
Índice de Precios al Consumidor se utilizaría para incrementar el sueldo mínimo
El artículo 49 añade una cláusula al Código Sustantivo del Trabajo, que establece que todo empleado tendrá derecho a un aumento salarial; si su salario es superior al mínimo, este se incrementará en un porcentaje al menos igual al IPC acumulado al 31 de diciembre de cada año. Este ajuste se aplicaría retroactivamente desde el 1 de enero.
Esto, sin perjuicio de acuerdos individuales o colectivos que establezcan un aumento mayor.
Permiso de paternidad se ampliaría progresivamente
El permiso de paternidad se aumentaría gradualmente hasta llegar a las 12 semanas en 2025. Se propone que sean 5 semanas obligatorias desde la entrada en vigor del proyecto, que se extenderían a 8 en 2024 y a 12 en 2025. Según el artículo 48 del proyecto: Ambos padres podrán decidir libremente cómo distribuir el tiempo de la licencia parental de forma semanal, acumulada o interrumpida.
Protecciones para trabajadores extranjeros
El artículo 40 del capítulo 7 establece que los trabajadores extranjeros, sin importar su nacionalidad o estatus migratorio en el país, disfrutarán de las mismas protecciones laborales que los nacionales, salvo las restricciones establecidas por la Constitución o la ley.